El Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco dictó una sentencia de 23 años de cárcel para Héctor Llaitul este martes, tras ser hallado culpable de múltiples delitos que incluyen infracciones a la Ley de Seguridad del Estado, usurpación violenta, hurto simple y atentado contra la autoridad. La decisión llega después de que el pasado 22 de abril se estableciera su culpabilidad y se fijara la fecha para la lectura definitiva del fallo. En un veredicto detallado, el tribunal impuso a Llaitul 15 años por los delitos relacionados con la Ley de Seguridad del Estado, específicamente por infringir las disposiciones contempladas en sus artículos seis, letras C y F. Estos actos fueron cometidos en tres ocasiones distintas: el 8 de enero y el 24 de junio de 2020, así como el 20 de julio de 2022. Adicionalmente, Llaitul fue condenado a cinco años por un caso consumado de hurto simple perjudicando a Forestal Arauco el día 12 marzo del año anterior. Esta pena viene acompañada por una multa económica equivalente a once unidades tributarias mensuales. La usurpación violenta también figura entre los cargos probados contra él. Por estos hechos reiterados que afectaron tanto a Forestal Arauco como al ciudadano Jorge Pena, se le asignó una multa adicional consistente en quince unidades tributarias mensuales. Por último, se le atribuyó una pena adicional correspondiente a tres años por atentar contra autoridades públicas. Durante todo este tiempo deberá además abstenerse ocupar cualquier cargo público. El tribunal subrayó que no proceden penas sustitutivas para Llaitul según lo estipulado por la ley número 18.216; es decir, deberá cumplir íntegramente las penas privativas libertad impuestas sin posibilidad alguna alternativa penal menos severa. El conteo formal comenzará desde el día señalizado como inicio efectivo: el 25 agosto del año pasado (2022). Cabe destacar que durante el proceso judicial liderado por Roberto Garrido - Fiscal Regional - se había solicitado inicialmente una pena total mayor: hasta veinticinco años tras las rejas para Héctor Llaitul.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta decretó medidas cautelares para Daniel Agusto, exalcalde de Calama, prohibiéndole salir del país y acercarse a edificios municipales. Fue imputado por fraude al fisco y negociación incompatible entre 2017 y 2018. El tribunal revocó la prisión preventiva, considerándola desproporcionada. En su lugar, optaron por el arraigo nacional, restricciones de acercamiento a las oficinas municipales, y a los funcionarios relacionados con la investigación. Según el Ministerio Público, Agusto, como presidente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, no detuvo la compra de un inmueble objetada por Contraloría. La propiedad tenía lazos familiares con el exalcalde, lo que generó sospechas de conflicto de interés. El tribunal determinó que la única querella vigente en su contra llegó cinco años después de los eventos. Agusto, quien anteriormente tenía una conducta irreprochable, puede cumplir cualquier sanción en libertad, argumentó la defensa. El fallo no fue unánime, ya que el abogado Fernando Orellana votó por mantener la prisión preventiva. Sin embargo, se aplicaron las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal para la protección del proceso.
Un alarmante incidente ha conmocionado a la comunidad en el sector Pejerrey de Linares, donde un video viralizado en redes sociales muestra a una mujer empujando a un adulto mayor a las aguas del río Achibueno. Según testimonios, la agresora argumentó que el área era de su propiedad privada. El suceso tuvo lugar en el camping Achionda, donde la presunta propietaria del campamento confrontó al hombre identificado como Miguel Benavente, quien paseaba por el borde del río junto a su nieta. Desde la Municipalidad de Linares anunciaron medidas legales contra la mujer agresora, subrayando la necesidad de combatir la intolerancia y proteger a los adultos mayores. Además, recalcaron que las riberas de los lagos y ríos son consideradas bienes nacionales de uso público. La diputada Paula Labra, representante de la región del Maule, condenó enérgicamente el acto de violencia contra el adulto mayor. Solicitó al municipio información sobre las acciones legales a emprender y los permisos de funcionamiento del camping. También dirigió una solicitud a la Seremi de Bienes Nacionales para la fiscalización del sector, recordando que debe existir acceso libre al río. En respuesta al incidente, un familiar de la mujer implicada alegó que esta se defendió de una supuesta agresión por parte del adulto mayor, quien habría golpeado repetidamente su pecho. Añadió que llamaron a Carabineros, pero estos no acudieron. #LINARES : Mujer empuja al río a un adulto mayor reclamando que era propiedad privada. El incidente ocurrió en Camping Achionda, luego de que la dueña del campamento confrontara al hombre que paseaba por el río junto su nieta. Según la agresora, ese espacio era propiedad privada. pic.twitter.com/ZB8Jsuc6oi — IEC-180 CONTROL STGO (@fdo2000) April 29, 2024 Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida por Linares Municipalidad (@linaresmunicipalidad)
El Juzgado de Garantía de Laja emitió hoy viernes su veredicto condenatorio contra el alcalde de la comuna, Roberto Quintana Inostroza, por el delito consumado de acoso sexual contra una funcionaria. El hecho tuvo lugar en las dependencias del municipio durante el mes de agosto de 2021. La lectura de sentencia del condenado está programada para el próximo martes 30 de abril a las 15.00 horas. El fiscal jefe de Yumbel, Luis Cruz, declaró: Hemos solicitado una pena que va de los 40 a los 60 días en el requerimiento, más una multa de cinco UTM y la suspensión de cargo de oficio público mientras dure esta condena . El fiscal detalló que la prueba presentada por la Fiscalía y la parte querellante incluye principalmente la declaración de la víctima, así como un video que muestra los hechos por los cuales fue acusado el imputado. Además, se incorporó prueba documental y testimonial al juicio.
La diputada Yovana Ahumada, emitió un comentario en respuesta al testimonio entregado por un ex cadete del Club Deportes Cobreloa, que desacredita la versión previamente proporcionada por la dirigencia del club respecto a un caso de violación ocurrido el 17 de septiembre de 2021. El testimonio del ex cadete ha puesto al descubierto una serie de encubrimientos que, según la parlamentaria antofagastina, han sido perpetrados durante más de dos años con la complicidad de la ANFP. El testimonio entregado por el ex Cadete de Cobreloa, echa por tierra todo lo que el club durante más de 2 años intentó ocultar con la complicidad de la ANFP. Espero que de una vez por todas, se haga justicia a través de los tribunales por esta grave violación colectiva y que paralelamente se tomen todas las medidas, sanciones y expulsiones desde el club a los involucrados, incluidos los directivos que conociendo la gravedad de estos hechos, optaron por silenciar el tema y obstruir la investigación de este caso, señaló la diputada.
El Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco dictó una sentencia de 23 años de cárcel para Héctor Llaitul este martes, tras ser hallado culpable de múltiples delitos que incluyen infracciones a la Ley de Seguridad del Estado, usurpación violenta, hurto simple y atentado contra la autoridad. La decisión llega después de que el pasado 22 de abril se estableciera su culpabilidad y se fijara la fecha para la lectura definitiva del fallo. En un veredicto detallado, el tribunal impuso a Llaitul 15 años por los delitos relacionados con la Ley de Seguridad del Estado, específicamente por infringir las disposiciones contempladas en sus artículos seis, letras C y F. Estos actos fueron cometidos en tres ocasiones distintas: el 8 de enero y el 24 de junio de 2020, así como el 20 de julio de 2022. Adicionalmente, Llaitul fue condenado a cinco años por un caso consumado de hurto simple perjudicando a Forestal Arauco el día 12 marzo del año anterior. Esta pena viene acompañada por una multa económica equivalente a once unidades tributarias mensuales. La usurpación violenta también figura entre los cargos probados contra él. Por estos hechos reiterados que afectaron tanto a Forestal Arauco como al ciudadano Jorge Pena, se le asignó una multa adicional consistente en quince unidades tributarias mensuales. Por último, se le atribuyó una pena adicional correspondiente a tres años por atentar contra autoridades públicas. Durante todo este tiempo deberá además abstenerse ocupar cualquier cargo público. El tribunal subrayó que no proceden penas sustitutivas para Llaitul según lo estipulado por la ley número 18.216; es decir, deberá cumplir íntegramente las penas privativas libertad impuestas sin posibilidad alguna alternativa penal menos severa. El conteo formal comenzará desde el día señalizado como inicio efectivo: el 25 agosto del año pasado (2022). Cabe destacar que durante el proceso judicial liderado por Roberto Garrido - Fiscal Regional - se había solicitado inicialmente una pena total mayor: hasta veinticinco años tras las rejas para Héctor Llaitul.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta decretó medidas cautelares para Daniel Agusto, exalcalde de Calama, prohibiéndole salir del país y acercarse a edificios municipales. Fue imputado por fraude al fisco y negociación incompatible entre 2017 y 2018. El tribunal revocó la prisión preventiva, considerándola desproporcionada. En su lugar, optaron por el arraigo nacional, restricciones de acercamiento a las oficinas municipales, y a los funcionarios relacionados con la investigación. Según el Ministerio Público, Agusto, como presidente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, no detuvo la compra de un inmueble objetada por Contraloría. La propiedad tenía lazos familiares con el exalcalde, lo que generó sospechas de conflicto de interés. El tribunal determinó que la única querella vigente en su contra llegó cinco años después de los eventos. Agusto, quien anteriormente tenía una conducta irreprochable, puede cumplir cualquier sanción en libertad, argumentó la defensa. El fallo no fue unánime, ya que el abogado Fernando Orellana votó por mantener la prisión preventiva. Sin embargo, se aplicaron las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal para la protección del proceso.
Un alarmante incidente ha conmocionado a la comunidad en el sector Pejerrey de Linares, donde un video viralizado en redes sociales muestra a una mujer empujando a un adulto mayor a las aguas del río Achibueno. Según testimonios, la agresora argumentó que el área era de su propiedad privada. El suceso tuvo lugar en el camping Achionda, donde la presunta propietaria del campamento confrontó al hombre identificado como Miguel Benavente, quien paseaba por el borde del río junto a su nieta. Desde la Municipalidad de Linares anunciaron medidas legales contra la mujer agresora, subrayando la necesidad de combatir la intolerancia y proteger a los adultos mayores. Además, recalcaron que las riberas de los lagos y ríos son consideradas bienes nacionales de uso público. La diputada Paula Labra, representante de la región del Maule, condenó enérgicamente el acto de violencia contra el adulto mayor. Solicitó al municipio información sobre las acciones legales a emprender y los permisos de funcionamiento del camping. También dirigió una solicitud a la Seremi de Bienes Nacionales para la fiscalización del sector, recordando que debe existir acceso libre al río. En respuesta al incidente, un familiar de la mujer implicada alegó que esta se defendió de una supuesta agresión por parte del adulto mayor, quien habría golpeado repetidamente su pecho. Añadió que llamaron a Carabineros, pero estos no acudieron. #LINARES : Mujer empuja al río a un adulto mayor reclamando que era propiedad privada. El incidente ocurrió en Camping Achionda, luego de que la dueña del campamento confrontara al hombre que paseaba por el río junto su nieta. Según la agresora, ese espacio era propiedad privada. pic.twitter.com/ZB8Jsuc6oi — IEC-180 CONTROL STGO (@fdo2000) April 29, 2024 Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida por Linares Municipalidad (@linaresmunicipalidad)
El Juzgado de Garantía de Laja emitió hoy viernes su veredicto condenatorio contra el alcalde de la comuna, Roberto Quintana Inostroza, por el delito consumado de acoso sexual contra una funcionaria. El hecho tuvo lugar en las dependencias del municipio durante el mes de agosto de 2021. La lectura de sentencia del condenado está programada para el próximo martes 30 de abril a las 15.00 horas. El fiscal jefe de Yumbel, Luis Cruz, declaró: Hemos solicitado una pena que va de los 40 a los 60 días en el requerimiento, más una multa de cinco UTM y la suspensión de cargo de oficio público mientras dure esta condena . El fiscal detalló que la prueba presentada por la Fiscalía y la parte querellante incluye principalmente la declaración de la víctima, así como un video que muestra los hechos por los cuales fue acusado el imputado. Además, se incorporó prueba documental y testimonial al juicio.
La diputada Yovana Ahumada, emitió un comentario en respuesta al testimonio entregado por un ex cadete del Club Deportes Cobreloa, que desacredita la versión previamente proporcionada por la dirigencia del club respecto a un caso de violación ocurrido el 17 de septiembre de 2021. El testimonio del ex cadete ha puesto al descubierto una serie de encubrimientos que, según la parlamentaria antofagastina, han sido perpetrados durante más de dos años con la complicidad de la ANFP. El testimonio entregado por el ex Cadete de Cobreloa, echa por tierra todo lo que el club durante más de 2 años intentó ocultar con la complicidad de la ANFP. Espero que de una vez por todas, se haga justicia a través de los tribunales por esta grave violación colectiva y que paralelamente se tomen todas las medidas, sanciones y expulsiones desde el club a los involucrados, incluidos los directivos que conociendo la gravedad de estos hechos, optaron por silenciar el tema y obstruir la investigación de este caso, señaló la diputada.